En resumen
- Para quién
- Residentes en España con un permiso de conducir de un país de la UE o del EEE, o de un país con convenio de canje con España.
- Dónde se tramita
- En una Jefatura Provincial de Tráfico de la DGT, con cita previa; en la provincia de Barcelona, en la Jefatura Provincial de Barcelona.
- Validez del permiso extranjero
- UE y EEE: mientras esté en vigor. Otros países: un máximo de seis meses desde que adquiere la residencia normal en España, salvo que el convenio disponga otra cosa.
- Honorarios
- Se los indicamos en la primera consulta (40 €), con posibilidad de pago a plazos.
Requisitos
- Tener la residencia normal en España: certificado de registro de ciudadano de la UE o tarjeta de residencia en vigor.
- Un permiso en vigor, expedido en la UE o el EEE o en un país con convenio de canje vigente con España.
- Para permisos de terceros países, haberlo obtenido antes de ser residente legal en España o antes de la firma del convenio; la DGT señala alguna excepción.
- Solicitud en el modelo oficial, fotografía, declaración de no estar privado judicialmente del derecho a conducir y el permiso original con fotocopia.
- Para permisos de terceros países, informe de aptitud psicofísica de un centro de reconocimiento de conductores autorizado.
- Para permisos de terceros países, declaración responsabilizándose de su autenticidad y vigencia y, en su caso, traducción oficial.
- Si el permiso incluye camiones o autobuses (clases C y D) de terceros países, normalmente hay que superar una prueba práctica y, a veces, teórica.
Cómo le ayudamos
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Estudiamos su caso
Comprobamos el país y la fecha de expedición del permiso, la fecha de su residencia y si el convenio permite el canje directo o exige pruebas.
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Preparamos la documentación
Le indicamos los documentos que la DGT pide para su país —algunos exigen un certificado de antigüedad del permiso— y revisamos traducciones y legalizaciones.
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Cita y presentación
Le ayudamos a pedir la cita previa y a abonar la tasa. Al presentar la solicitud se entrega el permiso original y la DGT expide un permiso provisional.
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Seguimiento
Seguimos la solicitud hasta la expedición del permiso español y, si se deniega, estudiamos con usted el recurso que proceda.
Preguntas frecuentes
Han pasado más de seis meses desde que obtuve la residencia. ¿Todavía puedo canjear?
Si su país tiene convenio, en general sí: pasado ese plazo puede seguir pidiendo el canje, pero no puede conducir en España con el permiso extranjero hasta obtener el español, salvo que el convenio disponga otra cosa.
Mi país no tiene convenio con España. ¿Qué opciones tengo?
Por regla general no es posible el canje y tendrá que obtener el permiso español superando las pruebas. Los conductores profesionales tienen una vía de canje que exige, entre otros requisitos, superar una prueba de circulación y haber estado contratados al menos seis meses como conductores profesionales por empresas establecidas en España.
Tengo un permiso de otro país de la UE. ¿Estoy obligado a canjearlo?
No. Es válido en España mientras esté en vigor y el canje es voluntario. Si su permiso no tiene fecha de caducidad, deberá renovarlo cuando lleve dos años de residencia normal en España.
